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Crecen las reaperturas de ejecuciones hipotecarias

La generalización en el uso por los juzgados de las aplicaciones telemáticas de averiguación patrimonial y embargos de cuentas bancarias ha incidido con fuerza tanto en la mayor resolución de las ejecuciones como en el aumento de las reaperturas, según se explica en la Memoria del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) de 2017 -que contiene los datos de 2016-.

En estos últimos casos, los acreedores solicitan al juzgado que reactive procedimientos provisionalmente archivados para localizar posibles bienes de los deudores sobre los que continuar la ejecución y, sobre todo, la averiguación e inmediata traba de las cuentas bancarias con saldo positivo que sean titularidad de los deudores.

Las ejecuciones hipotecarias de nuevo ingreso cayeron en 2016 en un 29%, la cifra más baja desde 2008. En esta disminución han influido varias circunstancias, como la postura de los tribunales en supuestos de cesión de créditos, acordando el archivo o la denegación de la ejecución por diversas causas, así como la falta de acreditación de la legitimación del cesionario del crédito, la caducidad de la instancia, la prescripción de la acción ejercitada, el retraso desleal y el abuso de derecho, entre otras.

Especialmente relevante, considera en la Memoria del CGPJ, que ha sido la Ley 42/2015, de 5 octubre 2015, que establece el control de oficio sobre la posible abusividad de cláusulas contractuales contenidas en el título hipotecario.

Elevada capacidad resolutiva

Además, sobre las ejecuciones hipotecarias incide la particularidad de este tipo de procedimientos, en los que la admisión de la oposición conlleva de acuerdo con la Ley, la suspensión de los mismos; una vez resuelta la oposición, caso de no ser totalmente estimada, se alza la suspensión y continúa la tramitación de la ejecución.

La capacidad resolutiva de los órganos unipersonales de Primera Instancia en lo que a ejecuciones se refiere es muy elevada, ya que absorbe no solo las ingresadas, sino también buena parte de las reaperturadas. Las reformas legislativas adoptadas en los últimos años sobre las ejecuciones hipotecarias han provocado un incremento en su duración. Las medidas de protección de determinados deudores hipotecarios y la adhesión por las entidades bancarias al Código de Buenas Prácticas Cambiarias ha provocado la sus pensión temporal de este tipo de ejecuciones, provocando una mayor duración de las mismas y las consiguientes reaperturas.

Además, la modificación legal producida como consecuencia de la sentencia del Tribunal Europeo, que introduce el control de oficio de por el juez sobre las cláusulas abusivas, incide también en la mayor duración de estos procesos.

Por otra parte, en 2016 se ha observado una disminución, del 45,3%, del número de subastas realizadas por los juzgados de Primera Instancia y mixtos. Este descenso se debe tanto a la importante disminución en el ingreso de ejecuciones hipotecarias, como al aumento de supuestos en los que no se accede a la ejecución solicitada.

Además, destaca una importante caída en el ingreso en los juzgados de lo Mercantil de los procedimientos monitorios, mientras que las Audiencias han aumentado tanto el ingreso como la resolución. La reducción en los juzgados de lo Mercantil puede venir motivada por la entrada en vigor el 1 de octubre de 2015, de la Ley Orgánica 7/2015 que atribuye la competencia para conocer de los concursos de persona natural que no sea empresario a los juzgados de Primera Instancia y, también a que se ha atribuido también la competencia a los Juzgados de Primera Instancia sobre condiciones generales de la contratación y a la protección de consumidores.  

Fuente: eleconomista.es

 

Foes - Federación de Organizaciones Empresariales Sorianas

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