Comunicación

Ayudas de la Consejería de Industria, Comercio y Empleo

Subvenciones para el año 2023 dirigidas a la adquisición de maquinaria industrial nueva en empresas industriales de Castilla y León

 

Con fecha 12 de septiembre de 2023 se publica en el BOCYL el EXTRACTO de la Orden de 4 de septiembre de 2023, de la Consejería de Industria, Comercio y Empleo, por la que se convocan subvenciones para el año 2023 dirigidas a la adquisición de maquinaria industrial nueva en empresas industriales de Castilla y León.

 

OBJETO:

Convocar, en régimen de concurrencia competitiva, la concesión de subvenciones con la finalidad apoyar la adquisición de maquinaria industrial nueva que forme parte del proceso productivo en industrias situadas en Castilla y León. Se pretende mejorar su competitividad y alcanzar un alto grado de modernización del tejido empresarial industrial de Castilla y León bajo criterios de productividad, eficiencia energética y sostenibilidad.

 

BENEFICIARIOS:

Empresas industriales privadas de cualquier tamaño (PYME o gran empresa), válidamente constituidas, que cuenten con algún centro de trabajo en Castilla y León, y cumplan los requisitos.

Para poder concurrir al procedimiento de concesión de estas subvenciones, los solicitantes deberán cumplir y acreditar entre otros, mediante la documentación correspondiente, los requisitos siguientes:

  • Haber presentado una comunicación de inicio de actividad ante el órgano competente en materia de industria de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, o en su caso declaración responsable o solicitud de autorización de actividad, y que cumpla los requisitos necesarios para su inclusión en la división A -división de establecimientos industriales- del Registro Industrial de Castilla y León. Tanto la comunicación de inicio de actividad ante el órgano competente en materia de industria de la Administración de la Comunidad de Castilla y León, como la declaración responsable o la solicitud de autorización de actividad deberá haber sido presentada con anterioridad a la presentación de la solicitud.
  • La industria para la cual se solicite la subvención deberá tener más de dos años de antigüedad previa a la publicación de la convocatoria de subvenciones que corresponda.

 

OBJETO DE LA AYUDA:

Será subvencionable la adquisición de maquinaria industrial nueva que forme parte del proceso productivo de la industria, siempre que dicha maquinaria esté destinada a un centro de trabajo situado en Castilla y León, y cumpla alguna de las siguientes condiciones:

– Suponga la ampliación de la capacidad productiva de un establecimiento existente.

– Suponga la diversificación de la producción de un establecimiento existente en nuevos productos adicionales.

– Implique un cambio esencial en el proceso general de producción de un establecimiento existente.

Para que los proyectos presentados puedan ser subvencionables, deberán reunir los siguientes requisitos:

- Que sean técnicamente viables: Se considerará que cumple este requisito cuando supere los 10 puntos en base a los criterios de valoración.

–Que sean económica y financieramente viables: Que la Tasa Interna de Rendimiento (TIR) de la actuación sea igual o superior al 3,25% y que la empresa se encuentre al corriente de sus obligaciones tributarias frente a la AEAT y frente a la Seguridad Social.

– Que las fechas de las facturas y de los justificantes de pago se encuentren comprendidos en el periodo de ejecución.

– Que las actuaciones sean ejecutadas en centros de trabajo de la industria beneficiaria situados en Castilla y León, y los resultados permanezcan o tengan impacto tangible en Castilla y León.

– Que la actuación sea completa, es decir, que, aunque ampliable y mejorable en un futuro, sea ya totalmente suficiente para su aplicación.

– Que alcance la valoración mínima de 35 puntos en función de los criterios de valoración.

El periodo subvencionable será el comprendido entre el 1 de enero de 2023 hasta el 31 de enero de 2024.

 

CUANTIA DE LA SUBVENCIÓN:

La subvención será a fondo perdido calculada como un porcentaje de los costes considerados subvencionables. El porcentaje de subvención concedido será el 65% de los costes considerados subvencionables.

En todos los casos, la subvención se aplicará exclusivamente a los gastos considerados subvencionables y tendrá un límite máximo por solicitud de 100.000 €.

Se fija un límite mínimo de subvención por proyecto de 15.000 €, para los gastos considerados subvencionables. Los proyectos cuya cuantía de subvención no supere este mínimo no serán subvencionables.

Se incrementará en un 10% adicional para proyectos que se ejecuten en un centro de trabajo en alguna de las zonas con Programas Territoriales de Fomento vigentes en la fecha de publicación, o no estén ubicados en el ámbito de un área funcional estable.

 

PLAZO DE SOLICITUD:

El plazo de presentación de solicitud es desde el 13 de septiembre de 2023 hasta el 13 de octubre de 2023.

 

Toda la información de esta línea de ayudas, incluidas las bases, convocatoria y solicitud de ayuda a través de este enlace

Foes - Federación de Organizaciones Empresariales Sorianas

Este sitio utiliza cookies propias y de terceros para fines analíticos anónimos, guardar las preferencias que selecciones y para el funcionamiento general de la página.

Puedes aceptar todas las cookies pulsando el botón "Aceptar" o configurarlas o rechazar su uso pulsando el botón "Configurar".

Puedes obtener más información y volver a configurar tus preferencias en cualquier momento en la Política de cookies