Modificación Altas y Bajas a la Seguridad Social
Fecha: 21 de agosto de 2018
En el BOE número 188, se ha publicado el Real Decreto 997/2018, de 3 de agosto, por el que se modifica el Reglamento general sobre inscripción de empresas y afiliación, altas, bajas y variaciones de datos de trabajadores en la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 84/1996, de 26 de enero.
Este Real Decreto entró en vigor el día cinco de agosto, y su finalidad es garantizar que puedan instruirse, hasta su resolución en firme, los procedimientos de oficio de las altas, bajas y variaciones de datos practicados por la TGSS, como consecuencia de la actuación de la ITSS en los casos en que comprueba el incumplimiento empresarial o de los propios trabajadores obligados a comunicarlas. Se trata de evitar que tales procedimientos se vean obstruidos o afectados por actuaciones que pretendan distorsionarlos.
Con tal finalidad, por un lado, se establece que la solicitud y emisión de informes por parte de la ITSS (sobre la concurrencia de los hechos y demás circunstancias determinantes del alta, baja o variación de datos solicitada o practicada) a efectos de tramitación y resolución de las altas, bajas y variaciones de datos será potestativa. No obstante, tal informe de la ITSS es preceptivo para la resolución de aquellas solicitudes de baja que se formulen tras haberse practicado, a instancia de la propia ITSS, altas de oficio respecto a los mismos trabajadores.
Por otro lado, no producen efectos, ni extinguen la obligación de cotizar aquellas solicitudes de bajas y variaciones de datos formuladas por las empresas y, en su caso, por los trabajadores obligados que afecten a periodos comprendidos en las actas de la ITSS que motiven la tramitación de procedimientos de alta y variación de datos de oficio, por parte de la TGSS respecto de los mismos trabajadores afectados por dichas actas. En efecto, tales solicitudes no producirán efectos y continuará la obligación de cotizar hasta que dichos procedimientos de oficio que esté realizando la TGSS finalicen.