Aprobación de la Ley 15/2010 que modifica la Ley 3/2004 sobre morosidad
Fecha: 6 de agosto de 2010
La demora en el pago de las operaciones comerciales, entrega de mercancías o prestación de servicios, ha puesto en serio peligro la viabilidad económica de muchos proyectos empresariales, cuando no ha llevado directamente a la quiebra a alguna empresa.
Con el fin de impedir que las distintas compañías se sigan asfixiando ante los impagos de sus clientes, se ha promulgado una nueva ley, la 15/2010, que modifica la ley 3/2004, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.
Ámbito de aplicación
Esta Ley será de aplicación a todos los pagos efectuados como contraprestación en las operaciones comerciales realizadas entre empresas, o entre empresas y la Administración, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, así como las realizadas entre los contratistas principales y sus proveedores y subcontratistas.
Indemnización por costes de cobro
Cuando el deudor incurra en mora, el acreedor tendrá derecho a reclamar al deudor una indemnización por todos los costes de cobro debidamente acreditados que haya sufrido a causa de la mora de éste. En la determinación de estos costes de cobro se aplicarán los principios de transparencia y proporcionalidad respecto a la deuda principal. La indemnización no podrá superar, en ningún caso, el 15 por ciento de la cuantía de la deuda, excepto en los casos en que la deuda no supere los 30.000 euros en los que el límite de la indemnización estará constituido por el importe de la deuda de que se trate.
2. El deudor no estará obligado a pagar la indemnización establecida en el apartado anterior cuando no sea responsable del retraso en el pago.
Plazos de pago
Esta nueva ley, que entro en vigor el pasado 7 de julio, a partir de esta fecha se irán acortando los plazos, según la siguiente tabla:
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Periodo |
Pagos entre empresas |
Pagos de AA.PP. a empresas |
Alimentos frescos y perecederos |
Pagos a proveedores y/o subcontratistas de empresas constructoras con contrato en vigor con AA.PP. |
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07/07/2010 – 31/12/2010 |
85 días |
55 días |
30 días desde fecha entrega mercancía(1) |
120 días |
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01/01/2011 – 31/12/2011 |
50 días |
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01/01/2012 – 31/12/2012 |
75 días |
40 días |
90 días |
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A partir del 01/01/2013 |
60 días |
30 días |
60 días |
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