BOLETIN 13/2025 ACTIVIDADES RELACIONADAS EN EL EMPLEO

Fecha: 7 de octubre de 2025

Newsletter: Prevención y Bienestar

Actividades relacionadas con el empleo

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OBLIGACIONES DE LAS EMPRESAS DE TRABAJO TEMPORAL EN MATERIA DE PRL: ¡UN COMPROMISO COMPARTIDO!

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La Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales, junto con normativas específicas de las ETT, establece un marco claro de responsabilidades. Es crucial que tanto las ETT como las empresas usuarias y los propios trabajadores conozcan y cumplan con estas directrices para evitar accidentes y enfermedades profesionales.

 Obligaciones Clave de las Empresas de Trabajo Temporal (ETT)

Las ETT tienen un papel fundamental en la protección de la seguridad y salud de los trabajadores que ponen a disposición de otras empresas. Sus principales obligaciones incluyen:

1. Evaluación de Riesgos y Planificación de la Actividad Preventiva:

* La ETT debe realizar una evaluación inicial de los riesgos del puesto de trabajo al que va a ser asignado el trabajador, incluso antes de que este se incorpore a la empresa usuaria.

* Esta evaluación debe basarse en la información detallada que la empresa usuaria le proporcione sobre el puesto, los equipos y las condiciones de trabajo.

* Con base en esta evaluación, la ETT debe planificar la actividad preventiva necesaria para eliminar o controlar dichos riesgos.

2. Información y Formación Específica:

* La ETT está obligada a proporcionar al trabajador cedido información completa y suficiente sobre los riesgos específicos del puesto de trabajo, las medidas de prevención y protección aplicables, y las actuaciones en caso de emergencia.

* Debe garantizar que el trabajador recibe la formación necesaria y adecuada para el puesto, teniendo en cuenta las particularidades de la tarea y los equipos a utilizar. Esta formación debe ser teórica y práctica, suficiente y adaptada al nivel del trabajador.

3. Vigilancia de la Salud:

* La ETT es responsable de organizar y garantizar la vigilancia periódica del estado de salud del trabajador, acorde con los riesgos inherentes al puesto de trabajo.

* Esto incluye los reconocimientos médicos iniciales y periódicos que sean necesarios y obligatorios para el puesto.

4. Entrega de Equipos de Protección Individual (EPIs):

* La ETT debe suministrar al trabajador los EPIs adecuados y necesarios para el puesto de trabajo, asegurándose de que estén en buen estado y se ajusten a la normativa.

* También debe instruir al trabajador sobre su correcto uso, mantenimiento y almacenamiento.

5. Coordinación de Actividades Empresariales (CAE):

* La ETT debe colaborar activamente con la empresa usuaria en la Coordinación de Actividades Empresariales.

* Esto implica el intercambio de información sobre riesgos, medidas preventivas y cualquier incidencia relevante que afecte a la seguridad y salud del trabajador cedido.

6. Investigación de Accidentes e Incidentes:

* En caso de accidente de trabajo o incidente, la ETT debe colaborar con la empresa usuaria en la investigación de los hechos para determinar las causas y aplicar medidas correctoras.

* Ambas empresas tienen la responsabilidad de notificar el accidente a las autoridades competentes.

7. Comunicación de Cambios:

* Si la empresa usuaria realiza cambios en el puesto de trabajo o introduce nuevos riesgos, debe comunicarlo a la ETT para que esta actualice la evaluación de riesgos y la información/formación del trabajador.