Criterio técnico del INSST: Uso de mascarillas en el ámbito laboral
Fecha: 2 de diciembre de 2020
El día 1 de diciembre, el Instituto de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST), organismo dependiente del Ministerio de Trabajo y Economía Social, publicó el criterio técnico titulado “Medidas de protección personal frente al coronavirus SARS-CoV-2: conceptos sobre su utilización en el ámbito laboral”.
Este criterio técnico tiene como objetivo aclarar conceptos relativos al uso de mascarillas en el ámbito laboral frente al coronavirus SARS-CoV-2 y se aplicará exclusivamente a las situaciones en las que concurran la totalidad de las siguientes circunstancias:
a. Su utilización se realice en el ámbito laboral.
b. El sujeto que utiliza el equipo sea siempre personal trabajador.
c. La única protección considerada es aquella frente a la transmisión de o infección por coronavirus SARS-CoV-2.
Según la situación e indicaciones establecidas por el Ministerio de Sanidad, los empresarios deben integrar el análisis de la protección frente al SARS CoV-2 en su evaluación de riesgos y, en consecuencia, definir las medidas preventivas para la protección frente a una posible infección por SARS-Cov-2 en el trabajo.
Estos documentos (evaluación de riesgos y medidas preventivas) deberán ser actualizados por las empresas de acuerdo a las circunstancias citadas, teniendo que ponerse en contacto con su servicio de prevención para realizarlo.
El criterio técnico incluye también los tipos de equipos de uso personal/individual (mascarillas y pantallas faciales) a emplear en el ámbito laboral y sus características, así como indicaciones para llevar a cabo la selección y uso de los equipos necesarios.
Se puede descargar el documento pinchando en este enlace. Para cualquier consulta o aclaración, llamar al Departamento de Prevención de Riesgos Laborales de FOES (975 233 222).