DECRETO 5/2023, de 4 de mayo, por el que se regula la producción y gestión sostenible de los residuos de construcción y demolición en Castilla y León
Fecha: 9 de mayo de 2023
Con fecha de 8 de mayo se ha publicado en el BOCYL el DECRETO 5/2023, de 4 de mayo, por el que se regula la producción y gestión sostenible de los residuos de construcción y demolición en Castilla y León.
OBJETO
Este Decreto, tiene por objeto establecer el régimen jurídico de la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición, con el fin de fomentar, por este orden, su prevención, reutilización, reciclado y otras formas de valorización, y contribuir a un desarrollo sostenible de la actividad de la construcción. Su disposición adicional segunda, establece que las administraciones públicas fomentarán que en las obras públicas, en la fase de proyecto, se contemple el empleo de áridos reciclados y residuos inertes obtenidos en el tratamiento de los residuos de la construcción y demolición (en adelante RCD).
CONTENIDO DEL DECRETO
El Decreto incluye las definiciones de árido reciclado y de residuo inerte adecuado, así como las definiciones de aplicaciones ligadas y no ligadas y de las obras de restauración minera.
Asimismo y como novedad y principal aportación, se regula la obligación del uso de áridos reciclados en las obras públicas promovidas por la Administración Autonómica y realizadas en el ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León, estableciendo los porcentajes mínimos en función del tipo de obra de que se trate.
Aunque la clasificación en distintas fracciones en las obras de construcción ya viene establecida como obligatoria en la normativa estatal a partir del 1 de julio de 2022, se incluye un artículo en el que se concreta cómo realizar dicha separación en el caso de imposibilidad de realizarla por falta de espacio en la propia obra.
El Decreto establece también los requisitos tanto de los áridos reciclados como de los residuos inertes adecuados para determinados usos. Entre los requisitos se definen una serie de valores límite de contaminantes y una metodología y frecuencia de caracterización.
De igual forma se establecen las obligaciones de información sobre el destino de todos estos materiales, que deberán ser registrados y figurar en la memoria anual de gestión cuya elaboración y remisión es obligatoria para todos los gestores de residuos autorizados en base a la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular.
Con el fin de garantizar el cumplimiento de las obligaciones de carácter ambiental establecidas tanto normativamente como en las autorizaciones, se establece la obligación de depositar una garantía financiera para las plantas de gestión de RCD, excluyéndose de esta obligación las restauraciones de huecos mineros.
En cuanto a las posibles sanciones, el decreto se remite a la aplicación de la ley vigente en materia de residuos y suelos contaminados para sancionar el incumplimiento de las obligaciones establecidas.
Se incluye una disposición adicional para que en los proyectos de obra, públicos y privados se favorezca la incorporación de componentes constructivos que faciliten la demolición selectiva, el desmantelamiento, el reciclado y la reutilización de los mismos cuando lleguen al final de su vida útil.
El Decreto incluye dos disposiciones transitorias:
- la disposición transitoria primera se refiere al régimen aplicable a las obras con proyecto aprobado o en ejecución a la entrada en vigor del Decreto a las que solo resultara de aplicación en lo relativo a la separación de fracciones.
- La disposición transitoria segunda establece el plazo de un año para la suscripción de las correspondientes garantías financieras para los gestores ya autorizados.
En el Anexo I se detallan los porcentajes mínimos de uso de áridos reciclados procedentes del tratamiento de RCD, en las obras públicas de la administración de la comunidad de castilla y león.
En el Anexo II se incluyen las tablas con los valores límite de parámetros ambientales para los áridos reciclados y residuos procedentes del tratamiento de residuos de construcción y demolición y metodología de análisis y muestreo
ENTRADA EN VIGOR
Las disposiciones finales, establecen la habilitación normativa y la entrada en vigor del proyecto de Decreto, a los veinte días de su publicación en el Boletín Oficial de Castilla y León, salvo para las obras cuyos proyectos se aprueben en el plazo de un año desde esta entrada en vigor.
Pinchando en el siguiente enlace se puede acceder al texto completo de esta norma.
Atentamente,