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En el BOCyl nº 72 de 16 de abril de 2015, se ha publicado la ORDEN EYE/309/2015, de 10 de abril, por la que se convocan subvenciones públicas dirigidas a proyectos que incorporen valor añadido a la actividad comercial de los establecimientos comerciales de la Comunidad Autónoma de Castilla y León.
Mediante esta Orden se convocan, en régimen de concurrencia competitiva, las subvenciones dirigidas a proyectos que incorporen valor añadido a la actividad comercial de los establecimientos comerciales de la Comunidad Autónoma de Castilla y León.
La cuantía presupuestada es de 4 millones de euros.
Beneficiarios
Todas aquellas personas físicas y jurídicas y las Comunidades de Bienes, que sean PYME, y cuya actividad principal que se desarrolle en el establecimiento comercial para el cual se solicita la subvención sea estricta y exclusivamente comercial y minorista, y esté encurdada la división 47 de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 2009)- COMERCIO AL POR MENOR, EXCEPTO DE VEHÍCULOS DE MOTOR Y MOTOCICLETAS-
Se excluyen de estas subvenciones los siguientes grupos de CNAE: Clase 47.26.– Comercio al por menor de productos del tabaco en establecimientos especializados; Clase 47.30.– Comercio al por menor de combustible para la automoción en establecimientos especializados; Clase 47.73.– Comercio al por menor de productos farmacéuticos en establecimientos especializados; Grupo 47.8.– Comercio al por menor en puestos de venta y mercadillos; Grupo 47.9.– Comercio al por menor no realizado ni en establecimientos, ni en puestos de venta ni en mercadillos.
Quedan excluidas también las empresas que desarrollen su actividad comercial bajo las fórmulas comerciales que a continuación se detallan: Agrupaciones de empresas dedicadas a la distribución comercial; Entidades franquiciadoras.
Actuaciones objeto de subvención
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Actuaciones de reforma, transformación, reordenación, ampliación o mejora del establecimiento comercial, incluidas las dirigidas a la implantación de medidas de ahorro y/o eficiencia energética
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Actuaciones para la implantación de sistemas innovadores de comercialización o de gestión del establecimiento comercial, tales como sistemas de comercialización on line, gestión de clientes, gestión de proveedores, gestión de compras u otros sistemas que impliquen una mejora en la gestión o en la comercialización.
Para ambos tipos de actuaciones se requerirá la realización de un diagnóstico previo o auditoría energética. El diagnóstico previo deberá incluir un análisis de necesidades, una definición de objetivos y actuaciones a realizar así como una estimación de resultados a alcanzar.
Gastos subvencionables
Son subvencionables los siguientes gastos de los proyectos que se realicen entre el 1 de enero y el 15 de octubre de 2015, con el detalle y con las excepciones que puedan establecerse en la correspondiente convocatoria:
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En las actuaciones de reforma, transformación, reordenación, ampliación o mejora del establecimiento comercial, incluidas las dirigidas a la implantación de medidas de ahorro y/o eficiencia energética.
- Diagnóstico.
- Auditoría energética.
- Redacción de proyectos técnicos y dirección facultativa de los trabajos.
- Obras e instalaciones.
- Adquisición, instalación y montaje de mobiliario y maquinaria vinculados al ejercicio de la actividad.
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En las actuaciones para la implantación de sistemas innovadores de comercialización o de gestión del establecimiento comercial:
- Diagnóstico.
- Servicios de apoyo para la instalación y puesta en marcha de los sistemas.
- Software necesario para la instalación y puesta en marcha de los sistemas, incluidas las correspondientes altas y licencias.
- Terminales de punto de venta y sistemas de codificación y lectura óptica de productos, u otros similares que puedan establecerse en las correspondientes convocatorias.
- Formación necesaria para la utilización de los sistemas implantados.
Cuantía de la ayuda
La cuantía de la ayuda será La cuantía de la subvención, por cada establecimiento comercial para el que se solicite, será de un 30% del presupuesto aceptado, con los siguientes límites para dicho presupuesto:
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Presupuesto total máximo aceptado: 70.000 euros
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Presupuesto máximo aceptado para las actuaciones de reforma, transformación, reordenación, ampliación o mejora del establecimiento comercial, incluidas las dirigidas a la implantación de medidas de ahorro y/o eficiencia energética: 50.000 euros.
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Presupuesto máximo aceptado para las actuaciones para la implantación de sistemas innovadores de comercialización o de gestión del establecimiento comercial: 20.000 euros.
Remarcar que estas ayudas se tramitan en régimen de concurrencia competitiva, y que se establecen una serie de criterios de valoración para la selección de los proyectos, que se indican en la base 4ª de la Orden de Bases.
Estas subvenciones son compatibles con cualquier otra ayuda, con las limitaciones establecidas.
Pichando en los siguientes enlaces puede acceder a:
El cuadro resumen de las ayudas
Atentamente,