Comunicación

Ayudas de la Consejería de Economía y Hacienda

Se amplía el plazo de las Subvenciones de rehabilitación energética para edificios existentes en municipios de reto demográfico (PREE 5000)

Con fecha 9 de marzo de 2022 se publica el Extracto de la Orden de 1 de marzo de 2022, de la Consejería de Economía y Hacienda, por la que se convocan en Castilla y León subvenciones en ejecución del programa de rehabilitación energética para edificios existentes en municipios de reto demográfico (Programa PREE 5000), incluido en el Programa de regeneración y reto demográfico del Plan de rehabilitación y regeneración urbana del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

 

¿Cuál es la finalidad de la convocatoria?

El objeto de la convocatoria es el fomento de la rehabilitación energética exhaustiva y rentable de edificios en municipios de reto demográfico de Castilla y León, con el fin último de mejorar la eficiencia energética del parque inmobiliario existente para reducir su consumo de energía final e incorporar energías renovables, contribuyendo así activamente a la sostenibilidad ambiental, mediante la reducción del nivel de emisiones de dióxido de carbono, a la cohesión social y a la mejora de la calidad de vida de los ciudadanos. Las solicitudes se atenderán por riguroso orden de presentación, hasta el agotamiento de los fondos.

 

¿Quién puede ser beneficiario?

  • Personas físicas o jurídicas de naturaleza privada o pública que sean propietarias de edificios existentes destinados a cualquier uso.
  • Comunidades de propietarios o las agrupaciones de comunidades de propietarios de edificios residenciales de uso vivienda.
  • Propietarios que de forma agrupada sean propietarios de edificios, que reúnan los requisitos establecidos en el artículo 396 del Código Civil y no hubiesen otorgado el título constitutivo de Propiedad Horizontal.
  • Empresas explotadoras, arrendatarias o concesionarias de edificios.
  • Empresas de servicios energéticos (ESEs), o proveedores de servicios energéticos.
  • Entidades locales y sector público institucional de Castilla y León, excepto el sector institucional de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.
  • Comunidades de energías renovables y las comunidades ciudadanas de energía

 

¿Cuáles son los requisitos para poder ser beneficiario?

  • Las actuaciones deberán llevarse a cabo sobre edificios situados en municipios de reto demográfico del territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla y León, municipios de hasta 5.000 habitantes y los municipios no urbanos de hasta 20.000 habitantes en los que todas sus entidades singulares de población sean de hasta 5.000 habitantes.
  • Los edificios deben haber sido construidos antes de 2007, y deberán ahorrar un 30% de energía primaria no renovable para todo tipo de edificios y, en general, mejorar la calificación energética total del edificio en, al menos, una letra, medida en la escala de emisiones de dióxido de carbono (kg CO2/m2 año), con respecto a la calificación energética inicial del edificio.
  • No serán actuaciones subvencionables las realizadas en edificios de nueva construcción, las que supongan una ampliación que incremente superficie o volumen construido, ni las que conlleven un cambio de uso de edificio.
  • Dado el carácter incentivador de las ayudas, solo se subvencionarán actuaciones iniciadas con posterioridad a la fecha de registro de la solicitud de la ayuda.

*No se considerará elegible ningún coste relativo a la ejecución de actuaciones facturado con anterioridad al registro de la ayuda, excepto costes relativos a actuaciones preparatorias (como pueden ser proyectos, memorias técnicas, certificados, etc.) siempre que se hubieran iniciado con fecha posterior a la de entrada en vigor del Programa (5 de agosto de 2021).

Todas las actuaciones subvencionables deberán respetar el principio DNSH (no causar un perjuicio significativo al medioambiente) y etiquetado climático.

 

¿Qué actuaciones se subvencionan?

Se considerarán subvencionables las actuaciones:

En EDIFICIOS COMPLETOS, denominada «OPCIÓN A», de uno o varios de los siguientes usos:

a) Edificios de vivienda unifamiliar

b) Edificios de tipología residencial colectiva de vivienda

c) Edificios de cualquier otro uso (administrativo, sanitario, docente, cultural, etc.)

En una o varias VIVIENDAS O LOCALES DEL MISMO EDIFICIO, consideradas INDIVIDUALMENTE, o sobre partes de un edificio «OPCIÓN B».

Las actuaciones deben encuadrarse en una o varias de las siguientes tipologías:

Tipología 1: Mejora de la eficiencia energética de la envolvente térmica.

Tipología 2: Mejora de la eficiencia energética y uso de energías renovables en las instalaciones térmicas de calefacción, climatización, refrigeración, ventilación y agua caliente sanitaria. Consistirán en la sustitución de energía convencional por solar térmica, geotermia o biomasa, o bien en la mejora de la eficiencia energética mediante aerotermia u otras bombas de calor, así como otras mejoras de eficiencia energética en los subsistemas de distribución, regulación, control y emisión de las instalaciones térmicas.

Tipología 3: Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones de iluminación.

El coste subvencionable y lo requisitos de las actuaciones subvencionables, serán los indicados en el Anexo IV del RD 691/2021, de 3 de agosto.

 

¿Qué cuantía se subvenciona?

La cuantía de las ayudas será la suma de la Ayuda Base y de la Ayuda Adicional que pudiera corresponder.

La Ayuda Adicional se graduará en función de los criterios, social, eficiencia energética y actuación integrada.

Pinche AQUÍ para visualizar los porcentajes correspondientes a las distintas combinaciones.

 

¿Cuál es el plazo de presentación de solicitudes?

El programa PREE 5000 estará en vigor desde el día siguiente al de la publicación del Real Decreto 1178/2023 de 27 de diciembre y hasta la conclusión de su vigencia, que se producirá el 31 de julio de 2024, salvo que, con anterioridad, se hubiera agotado el presupuesto disponible del programa, conforme a las solicitudes de ayuda recibidas

 

Pinche AQUÍ para acceder a la información oficial sobre la presente convocatoria de ayudas (Bases, Convocatoria y Documentos de Solicitud).

 

Foes - Federación de Organizaciones Empresariales Sorianas

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