Comunicación

Ayudas de la Consejería de Movilidad y Transformación Digital

Subvenciones destinadas a la modernización de empresas privadas de transporte de viajeros y de mercancías por carretera.

Con fecha 5 de junio se publica en el BOCYL el Extracto de la Orden de 30 de mayo de 2023, de la Consejería de Movilidad y Transformación Digital, por la que se convocan ayudas destinadas a la modernización de empresas privadas de transporte de viajeros prestadoras de servicios de transporte por carretera y de empresas privadas que intervienen en el transporte de mercancías por carretera, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea Next Generation EU.

 

OBJETO:

Convocar ayudas destinadas a la modernización de empresas privadas de transporte de viajeros prestadoras de servicios de transporte por carretera y de empresas privadas que intervienen en el transporte de mercancías por carretera, en el marco de la inversión 4 del componente 6 “Apoyo a la sostenibilidad y digitalización del transporte” del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

 

BENERICIARIOS Y REQUISITOS:

Ser personas jurídicas privadas que se incluyan en la definición de pyme de acuerdo con lo establecido en el anexo I del Reglamento (UE) 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, y las personas físicas, siempre que tengan su residencia fiscal en Castilla y León, cuando, en ambos casos, cumplan alguna de las siguientes condiciones:

A)   Sean titulares de alguna de las siguientes autorizaciones en vigor a la fecha de solicitud de las ayudas:

- Una autorización de transporte público de mercancías habilitante para hacer transporte con vehículos o conjuntos de vehículos de más de 3,5 tn. de masa máxima, identificada con la clave MDPE.

- Una autorización de transporte público discrecional de viajeros en autobús, identificada con la clave VDE.

- Una autorización de transporte público de mercancías, habilitante para hacer transporte con vehículos de hasta 3,5 tn de masa máxima, identificada con la clave MDLE.

- Una autorización de operador de transporte habilitante para intermediar en la contratación de transportes públicos de mercancías, identificadas registralmente con la clave OT.

 

B)   A la fecha de solicitud de la ayuda presten servicio público de transporte urbano en autobús y estuvieran exentas de la obtención de alguna de las autorizaciones incluidas en la letra a) del presente apartado.

 

C) Intervengan en el proceso de transporte de mercancías como cargador/descargador o expedidor/receptor, tal y como se refleja en la Ley 16/1987, de 30 de julio, en el documento de control y en el ADR.

 

ACTUACIONES SUBVENCIONABLES:

a) Categoría 1: Gestión de documentos de control electrónicos.

b) Categoría 2: Sistema de tacógrafo inteligente de segunda generación.

c) Categoría 3: Integración de documentos de control electrónicos en los sistemas de gestión.

d) Categoría 4: Implantación de sistemas TMS/ERP.

e) Categoría 5: Implantación de sistemas SAE.

f) Categoría 6: Actualización de sistemas SAE.

g) Categoría 7: Ayudas a los servicios de transporte de viajeros.

h) Categoría 8: Implantación de aplicaciones para reclamaciones por medios electrónicos.

i) Categoría 9: Mejora de sistemas de ticketing.

 

De acuerdo con el tipo de empresa de transporte se pueden acceder a unos u otras actuaciones. Pinche AQUÍ para ver el cuadro informativo.

 

CUANTÍA DE LA SUBVENCIÓN:

Las cuantías unitarias de las ayudas se establecen en el anexo II de la Orden de 30 de junio de 2023 de la Consejería de Movilidad y Transformación Digital, para las actuaciones subvencionables y en función de su tamaño y tipo de actividad.

Pinche AQUÍ para ver las CUANTIAS DE LA SUBVENCIÓN según el tipo de actividad de la empresa.

 

PLAZO DE SOLICITUD:

Desde el 6 de junio de 2023 hasta el 30 de junio de 2024

 

Pinche AQUÍ PARA acceder a toda la información sobre la presente SUBVENCIÓN (Bases, Convocatoria, Documentos y Anexos, y presentación de la Solicitud)

 

 

COMPATIBILIDAD DE LAS AYUDAS:

Las ayudas objeto de esta convocatoria serán incompatibles con otras subvenciones o ayudas que pudieran concederse para los mismos costes subvencionables, procedentes de cualesquiera administraciones o entes públicos o privados, nacionales o de organismos internacionales.

Las ayudas para las actuaciones previstas en esta convocatoria serán incompatibles con la percepción de otras subvenciones o ayudas, que cubran el mismo coste, procedentes de otros programas e instrumentos de la Unión Europea, en aplicación del artículo 9 del Reglamento (UE) 2021/241, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, del MRR y del artículo 191 del Reglamento (UE, Euratom) 2018/1046 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de julio de 2018.

Asimismo, se establecen las siguientes incompatibilidades en relación con el Programa Kit Digital regulado por la Orden ETD/1498/2021, de 29 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas para la digitalización de pequeñas empresas, microempresas y personas en situación de autoempleo, en el marco de la Agenda España Digital 2025, el Plan de Digitalización PYMEs 2021-2025 y el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España –Financiado por la Unión Europea– Next Generation EU.

a) Los interesados que tengan menos de 10 empleados y que hayan sido beneficiarios de las ayudas del Programa Kit Digital correspondientes con la Categoría de solución de digitalización IV. Gestión de clientes, no podrán solicitar las siguientes categorías de Soluciones de Modernización:

1.º Categoría 8: Implantación de aplicaciones para reclamaciones por medios electrónicos.

2.º Categoría 9: Mejora de sistemas de ticketing.

b)  Los interesados que tengan menos de 10 empleados y que hayan sido beneficiarios de las ayudas del Programa Kit Digital correspondientes con la Categoría de solución de digitalización VI. Gestión de procesos, no podrán solicitar las siguientes Categorías de Soluciones de Modernización:

1.º Categoría 1: Gestión de documentos de control electrónicos.

2.º Categoría 3: Integración de documentos de control electrónicos en los sistemas de gestión.

3.º Categoría 4: Implantación de sistemas TMS/ERP.

4.º Categoría 5: Implantación de sistemas SAE.

5.º Categoría 6: Actualización de s

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