Comunicación

Ayudas de la Diputación Provincial de Soria

Subvenciones de Diputación para el apoyo a empresarios de la alimentación, incluidos los fabricantes de pan, que realizan venta ambulante en Soria

Con fecha 30 de diciembre se ha publicado en el BOP de Soria, el EXTRACTO del acuerdo de junta de gobierno de 28 de diciembre de 2023 por el que se convocan subvenciones para de apoyo a empresarios y profesionales del sector de la alimentación, incluidos los fabricantes de pan, que realizan venta ambulante en la provincia. Plan Soria 2023.

 

Objeto de la Convocatoria:

Apoyar a empresarios y profesionales del sector de la alimentación, incluidos los fabricantes de pan que realizan venta ambulante, para sufragar parcialmente los gastos derivados de la atención a localidades atendidas de forma ambulante.

El objeto de la convocatoria es sufragar parcialmente los gastos derivados de la atención a localidades cuyo comercio de bienes de primera necesidad es atendido de forma ambulante realizados durante los diez primeros meses de 2023, con el fin de garantizar el abastecimiento de productos de carácter cotidiano, entendiendo por tal la venta de alimentación.

Los sectores beneficiados por la medida son los siguientes epígrafes del CNAE: 1071, 1072, 4711, 4719, 4721, 4722, 4723, 4724, 4729, 4781 Y 4799. Independientemente de que se incluyan estos CNAEs, la actividad subvencionable (entendiéndose la venta itinerante de producto cotidiano) deberá realizarse utilizando un vehículo asociado a la actividad empresarial y en lugares públicos de localidades que no cuenten con establecimiento/s comercial/es permanente/s, ni con establecimientos de multiservicios. Quedando por tanto fuera de la convocatoria la venta ambulante en puestos fijos, mercadillos, festejos populares y puestos aislados.

Dicho vehículo deberá estar asociado a la actividad empresarial. Quedan excluidos los vehículos turismos

 

Beneficiarios

Podrán beneficiarse de las siguientes subvenciones los trabajadores autónomos y las personas jurídicas, incluidas las comunidades de bienes y sociedades civiles, que cumplan los requisitos recogidos en la presente base. Los beneficiarios deberán estar dados de alta en alguno de los CNAEs indicados en la base segunda.

  1. Tener domicilio fiscal y social en la provincia de Soria entre el 1 de enero de 2023 y la fecha de presentación de la solicitud
  2. Prestar servicio de venta ambulante de producto cotidiano en al menos una localidad de la provincia de Soria de menos de 20.000 habitantes de manera habitual desde el 1 de enero de 2023 o la fecha de alta del negocio en el periodo comprendido entre 1 de enero de 2023 al 30 de octubre de 2023.
  3. Estar dados de alta en alguno de los epígrafes del CNAE indicados en la base segunda.
  4. Tener un vehículo mixto asociado a la actividad.

 

Gastos Subvencionables

Los gastos subvencionables se centran en las cuotas mensuales de autónomos correspondientes a cuotas no bonificadas por ningún otro organismo público desde el 1 de enero de 2023 a 30 de septiembre de 2023.

 

Importe de la Ayuda

La cuantía máxima de la subvención es de 2.500 euros por solicitud. Si el número de solicitudes supera el crédito presupuestario, el total se prorrateará entre todas las solicitudes.

La línea cuenta con un presupuesto total de 100.000 euros.

 

Criterios de concesión

Las solicitudes se ordenarán por número de pueblos atendidos, de mayor a menor, cuando el expediente esté completo y de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias. Se entenderá que un expediente está completo cuando cumpla todos los requisitos exigidos en la orden de bases y en la convocatoria.

La cuantía a conceder se determinará en base a la frecuencia de prestación del servicio, al número de habitantes de los núcleos de población y al número de núcleos de población a los que presta el servicio, de acuerdo con los tramos recogidos en el Anexo I, y con una cuantía máxima por solicitud de 2.500 euros. 

La puntuación máxima será de 100 puntos valorando los siguientes tramos:

1.- Frecuencia que presta el servicio semestral (días), con un máximo de 30 puntos

  • 1-2 días 10 puntos
  • 3-5 días 20 puntos
  • 6-7 días 30 puntos

2.- Habitantes del núcleo de población, con un máximo de 40 puntos

  • 1-20 habitantes 40 puntos
  • 21-50 habitantes 32 puntos
  • 51-100 habitantes 24 puntos
  • 101-200 habitantes 16 puntos
  • 201-500 habitantes 8 puntos

3.- Núcleo de población a los que presta el servicio, con un máximo de 30 puntos

  • 1-5 núcleos 10 puntos
  • 6-10 núcleos 20 puntos
  • más de 10 núcleos 30 puntos

 

Plazo de Solicitud

El plazo de presentación de solicitudes estará abierto hasta el 19 de enero de 2024.

 

Toda la información de esta línea de ayudas, incluida las bases reguladoras y los  formularios para la solicitud pinchando en este enlace

Foes - Federación de Organizaciones Empresariales Sorianas

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