Comunicación

Subvenciones destinadas a financiar los gastos de inversión y alquiler para nuevas iniciativas empresariales de micropymes 2022-2023

SUBVENCIONES DEL AYUNTAMIENTO DE SORIA PARA FINANCIAR INVERSIONES Y ALQUILER PARA NUEVAS INICIATIVAS EMPRESARIALES DE MICROEMPRESAS 2022-2023

Con fecha 1 de abril se han publicado en el BOP de Soria el Extracto de la convocatoria de la línea de Subvenciones que financien las inversiones y el alquiler para nuevas iniciativas empresariales de microempresas del año 2022 y 2023.

 

OBJETO

Convocar las subvenciones que financien las inversiones y el alquiles para nuevas iniciativas empresariales de microempresas del año 2022 y del primer semestre del año 2023, de acuerdo con lo establecido en el acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 22 de marzo de 2024 por el que se establecen las Bases Reguladoras para la concesión de estas subvenciones.

 

DOTACION PRESUPUESTARIA

El importe máximo de la convocatoria es de 90.000 €.

 

BENEFICIARIOS

Las ayudas serán de aplicación a cualquier tipo de actividad económica (empresarial, profesional o artística) desarrollada por un empresario individual o una agrupación de estos (comunidades de bienes) o por una empresa con forma jurídica (sociedades civiles, mercantiles o sociedades de economía social, que hayan iniciado la actividad empresarial entre el 1 de enero de 2022 y el 30 de junio de 2023,  que cumplan los siguientes requisitos:

1. Las empresas beneficiarias serán nuevas iniciativas y en el caso de haber desarrollado ya alguna actividad se tendrá en cuenta que:

a) El/los titular/es de la empresa no habrán ejercido por cuenta propia la actividad económica objeto de solicitud, ya sea de forma individual o en forma societaria, en el último año antes de la fecha de puesta en marcha de la actividad solicitada. En el caso de empresas con forma societaria, si se da esta última circunstancia, se entenderá que la empresa cumple el requisito cuando alguno de los socios lo cumpla.

b) Las empresas serán de nueva creación, no se admite ampliación de actividades de las ya existentes, ni la apertura de delegaciones de igual o similar actividad de empresas existentes, ni la transformación jurídica de la empresa.

c) Se consideran nuevas iniciativas económicas a los efectos de esta subvención los negocios adquiridos por traspaso, venta o cesión, que supongan continuidad de la misma actividad, siempre que se cumpla con lo establecido en el apartado a) de este punto primero y el resto de requisitos.

2. Quedan excluidos, para el caso de solicitar la ayuda en concepto de alquiler, los arrendamientos en los cuáles el arrendador tenga relación de parentesco hasta 2º grado con el arrendatario, y en el caso de ser sociedades, la restricción se extiende a cualquier socio, tanto en posición arrendadora como arrendataria. Así mismo, en el caso de solicitar la ayuda en concepto de alquiler, quedan excluidas las empresas que ocupen los viveros de empresas y otras instalaciones municipales. La misma exclusión por grado de parentesco procederá en el caso de solicitar la ayuda en concepto de inversión.

3. La empresa puesta en marcha conllevará la creación de empleo, mínimo:

- Un nuevo autónomo afecto a la actividad, y que no haya sido autónomo en 1 mes anterior al alta, ni que esté dado de alta como trabajador por cuenta ajena simultaneando las dos actividades.

- Y/o la contratación laboral en jornada completa de una persona. A los efectos de cumplir este requisito el tiempo trabajado como autónomo colaborador no se entenderá como trabajo por cuenta propia, debiendo ser acreditada esta condición por el solicitante junto con la solicitud.

 4. Será requisito imprescindible, tanto para la línea de alquiler como para la de inversión tener un inmueble afecto a la actividad. Dicho inmueble (oficina, bajo, local, etc…) donde se realice la actividad debe estar ubicado en el término municipal de Soria y tendrá entidad independiente, pudiendo ser parte de una vivienda familiar, o espacio compartido con otra empresa preexistente, siempre que exista inversión.

5. Se requerirá haber realizado previamente la correspondiente comunicación de actividad (inicio de actividad, cambio de titularidad o licencia ambiental según corresponda) del Ayuntamiento de Soria.

6. Se considera microempresa, a efectos de estas bases aquellas con menos de 10 trabajadores/ as en la misma actividad para la que se realiza la solicitud.

 

CUANTÍA Y GASTOS SUBVENCIONABLES

Se establecen dos conceptos subvencionables, pudiendo solicitar la ayuda sólo para uno de los conceptos:

a) Inversiones: Entendiendo por tal la compra de inmuebles, mobiliario, maquinaria, etc…, realizados para la puesta en marcha del negocio y excluyéndose el material fungible o consumible, los gastos ordinarios (gestoría, asesoría, energéticos, comunicaciones, personal, dietas y viajes, financieros, etc). El periodo de ejecución de los gastos subvencionados será el de los 6 primeros meses desde el inicio de la empresa, y antes de los impuestos indirectos (IVA) que graven la operación.

b) Alquiler: Entendiendo como base subvencionable la cuantía del alquiler de los 3 primeros meses del inicio de la empresa, y antes de los impuestos indirectos (IVA) que graven la operación. En este apartado no se reconoce como subvencionable los gastos de comunidad o similares, ni fianzas u otros similares que aparecieran explícitos.

El límite máximo de la subvención por empresa será de 2.000 €, límite que afecta a todas las instalaciones o establecimientos que pudieran disponer para la actividad.

Se establece el siguiente baremo de puntuación y cuantía máxima de la ayuda:

  • Las empresas que obtengan 3 puntos o más: 2.000 €
  • Las empresas que obtengan menos de 3 puntos: 1.800 €

 

FORMA Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

El plazo para la presentación de las solicitudes será de UN MES desde la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Soria (1 de mayo de 2024)

Las solicitudes se presentarán a través del trámite específico de estas subvenciones de la sede electrónica del Ayuntamiento de Soria: https://soria.sedelectronica.es/info.0.

 

Pinchando en los siguientes enlaces se puede acceder a:

Foes - Federación de Organizaciones Empresariales Sorianas

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