Comunicación

Ayudas y subvenciones

Subvenciones dirigidas a la retirada segura y la sustitución de cubiertas ligeras que contengan materiales con amianto en los centros de trabajo 2024

En el BOCYL de HOY (10/04/2024) se ha publicado el EXTRACTO e la Orden de 5 de abril de 2024, de la Consejería de Industria, Comercio y Empleo, por la que se convocan para el año 2024 subvenciones públicas dirigidas a la retirada segura y la sustitución de cubiertas ligeras que contengan materiales con amianto en los centros de trabajo de Castilla y León.

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Se convocan para el año 2024, en régimen de concesión directa, subvenciones públicas dirigidas a la retirada segura de las cubiertas ligeras que contengan materiales con amianto de los centros de trabajo y su sustitución por otra cubierta resistente y transitable libre de amianto en centros de trabajo de Castilla y León. La finalidad de esta línea de subvención es la mejora de la salud y seguridad de los trabajadores frente al riesgo que supone la realización de trabajos en cubiertas ligeras, debido a la elevada incidencia de las caídas de altura durante la ejecución de estos trabajos, así como el riesgo de exposición a fibras de amianto durante la manipulación de las placas onduladas de fibrocemento que contienen dicho agente cancerígeno.

Las pueden solicitar las personas físicas, las personas jurídicas privadas, comunidades de bienes y otras entidades carentes de personalidad jurídica legalmente constituidas, todas ellas con ánimo de lucro, que realicen las acciones objeto de la subvención.

Será subvencionable la retirada segura, realizada por empresa especializada inscrita en el registro de empresas con riesgo por amianto (RERA), de las cubiertas que contengan amianto en centros de trabajo de Castilla y León.

Igualmente será subvencionable la sustitución de las cubiertas retiradas en los términos del apartado anterior por una nueva cubierta resistente y transitable libre de amianto.

Periodos subvencionables:

a) Los gastos subvencionables deberán ser efectuados entre el día 1 de noviembre de 2023 y el día 2 de septiembre de 2024, ambos inclusive.

b) La totalidad del pago de los gastos subvencionables deberá efectuarse en el plazo comprendido entre el 1 de noviembre de 2023 y el 2 de septiembre de 2024, ambos inclusive.


Gastos subvencionables y cuantía
1. Se consideran gastos subvencionables los costes de la manipulación, retirada segura, transporte y gestión del material con amianto. Estas actuaciones deberán ser en todo caso realizadas por las empresas especializadas inscritas en el Registro de empresas con riesgo por amianto (RERA). La cuantía de la subvención será el 85% de los gastos que se consideren subvencionables, no pudiendo superar el importe subvencionado los 10
euros por metro cuadrado ni los 30.000 euros por centro de traba
jo para estos gastos de retirada.
2. Así mismo, se considera también gasto subvencionable el coste de la instalación de una nueva cubierta transitable en sustitución de una anterior que hubiere sido retirada por contener amianto, siempre y cuando la instalación de la nueva cubierta se solicite de forma conjunta con la retirada de la cubierta que contenga amianto. La cuantía de la subvención será el 50% de los gastos que se consideren subvencionables, no pudiendo superar el importe subvencionado los 40 euros por metro cuadrado ni los 20.000 euros por centro de trabajo para estos gastos de instalación.
3. No se considerarán subvencionables aquellos gastos relacionados con la realización de cualquier actuación sobre el material de amianto que no garantice su retirada o eliminación, por ejemplo, aquellas intervenciones de doblaje de cubiertas, flocage y proyectado con material sintético, y encapsulado, entre otras.

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Para más información contacta con el Departamento de Prevención de Riesgos Laborales de FOES

Foes - Federación de Organizaciones Empresariales Sorianas

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